24 abril 2020

Próxima semana se aprobaría informe del proyecto de Ley Orgánica de la Defensoría Pública

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, en la sesión virtual 068, revisó el texto preliminar, previo a la definición del informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica de la Defensoría Pública.

En la reunión intervinieron César Coronel y Andrea Guerrero, funcionarios de la entidad. El articulado final se conocería y aprobaría la próxima semana, según anunció Ximena Peña Pacheco, presidenta de la mesa.

La normativa, en construcción, regula a la institución en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, para la prestación gratuita y oportuna de los servicios de orientación, asistencia, asesoría y representación judicial a las personas que por su estado de indefensión o condición económica, social o cultural, no pueden contratar los servicios de defensa legal para la protección de sus derechos, en todas las materias e instancias.

Evaluación

La propuesta establece que la Defensoría Pública evaluará y acreditará, de manera anual y bajo criterios de capacidad instalada, calidad, calidez y defensa técnica, a los consultorios jurídicos gratuitos de las organizaciones como fundaciones, corporaciones, asociaciones o las creadas por los gobiernos autónomos descentralizados.

Asimismo, que los consultorios jurídicos de las facultades de jurisprudencia, derecho o ciencias jurídicas de las universidades, legalmente reconocidas, serán evaluados y acreditados por el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, previo informe favorable de la Defensoría. Y, que ante graves anomalías podrá solicitar al dicho Consejo la suspensión o prohibición de su funcionamiento, generaron cierta discusión.

Así, Franklin Samaniego expresó que es importante este tipo de evaluación, pero hay que ver en qué medida se podría afectar a la autonomía universitaria. Kharla Chávez, vicepresidenta del organismo, dijo que la temática está fijada en los artículos 293 y 294 del Código de la Función Judicial, criterio que fue compartido por Rocío Orellana, Héctor Muñoz y Henry Cucalón.

Lourdes Cuesta expuso que los consultorios jurídicos gratuitos de las universidades son parte del pensum de estudios de la carrera de Derecho. Si, por alguna razón, la Defensoría le pone una mala calificación y prohíbe su funcionamiento, los estudiantes no se podrán graduar por no cumplir este pensum, por lo que hay que enmarcarse en el principio de autonomía universitaria.

La Ley contiene 33 artículos, tres disposiciones generales, cinco disposiciones reformatorias y derogatorias, tres transitorias y una disposición final.

DCS – ASAMBLEA NACIONAL

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